Desconocemos como funciona este mercado, la relación que hay que mantener con el propietario y lo peor, si el contrato que voy a firmar será una trampa para mí o no.
Pues aquí te voy a dar una guía destinada especialmente a inquilinos novatos, donde te voy a explicar todo el proceso que ya verás como no es tan difícil.
SELECCIONAR UNA ZONA AMPLIA
Cuando se tiene la decisión de buscar un piso de alquiler, lo primero que hay que determinar es cuanto dinero puedo destinar al mismo respecto a mis ingresos. No es aconsejable que el importe del alquiler supere el 35 % del sueldo ya que hay que poder pagar los consumos y sobre todo vivir que es lo más importante.
Partiendo de esta información, y por ejemplo, si buscamos en Madrid capital, iremos determinando barrios o distritos,segmentando también por la edad media ( un inquilino joven preferirá zonas como Malasaña, Tribunal y una persona más mayor preferirá Argüelles o Retiro).
Cuando ya tenemos delimitada la zona , empieza la labor de prospección, es decir,se puede:
-andar por la calle buscando carteles en portales ,de personas que alquilen pisos .
-Mirar por internet , en portales inmobiliarios. Esto último ahorra mucho tiempo y te permite tener una primera impresión de la vivienda por dentro. Además te da información del precio, servicios que tiene la vivienda, estado de conservación etc… y ten en cuenta que muchas viviendas que aparecen anunciadas no tiene cartel en el portal .
-Ponerse en manos de un profesional que te escuche las necesidades que tienes y sepa asesorarte adecuadamente.Te ahorrará mucho tiempo y negociará por tí tanto el contrato como las garantías etc….
LLAMAR Y VISITAR LOS PISOS
Y a tenemos los números de teléfono de los pisos. Los que figuran en portales inmobiliarios , he podido ver las fotos y parece que están bien. Ahora tengo que llamar para pedir más información y solicitar una visita para ver realmente si las fotos son maravillosas o el piso está en buenas condiciones.
Al llamar tengo la primera duda. Algunos teléfonos son de agencias inmobiliarias. ¿Qué significa esto? La agencia te va a enseñar el piso con mas profesionalidad que un particular ya que te va a dar una visión objetiva y práctica de la vivienda y si no es de tu agrado siempre te podrá proporcionar otras similares que se adapten más a tu perfil. Le tienes que pagar de comisión una mensualidad . Esta comisión incluirá el asesoramiento en materia legal, elaboración de contrato de arrendamiento y posible negociación con el propietario con lo que se justifica este cobro
Por otro lado están los teléfonos de los particulares.Es el propietario directo del inmueble y si no tiene mucho tiempo lo suele enseñar la suegra, el hermano o el primo. Aquí no hay intermediario para negociar el buen fin de la operación y la vigilancia del cumplimiento de los requisitos legales.
Cuando hagas la visita a un piso y te guste, un consejo: si tiene cualquier desperfecto pequeño asegurate de que la propiedad lo subsane antes de firmar el contrato ya que sino puede ser que no lo arregle
DOCUMENTACIÓN QUE TE PUEDEN EXIGIR
1 MES DE FIANZA.
El mes de fianza es obligatorio por ley. El propietario está obligado a cobrartelo y a su vez a ingresarlo en un organismo que se llama IVIMA. Con este trámite queda legalizado el contrato y es una garantía para tí. A su vez. la propiedad te tiene que facilitar una copia de este depósito.
2. AVAL BANCARIO
Esta figura era predominante antes de la crisis y no había ningún problema ni para que el inquilino lo consiguiera por parte del banco ni para que lo consiguiera el propietario como garantía.
Pero la crisis cambió todo y ahora es muy dificil que alguien consiga alquilar pidiendo un aval. Yo te aconsejo que AVAL NO. ¿ Por que?
El aval hay que solicitarlo en el banco. Este en caso de concedertelo te inmoviliza el dinero en un depósito o producto de inversión. A parte, mensualmente te cobra una cantidad por mantenimiento del aval y lo más importante, el propietario lo puede ejecutar a PRIMER REQUERIMIENTO con lo que para mi ESTAS VENDIDO.
3. DEPÓSITO COMO GARANTÍA.
Es una alternativa que suple al aval bancario. La propiedad te pide como garantía que le des dos, tres, cuatro meses o los que él considere oportunos para cubrir una posible situación de impago, vandalismo o destrozo. Se basa en la confianza en el propietario ya que queda reflejado en el mismo contrato de alquiler. A la finalización de este, cuando se rescinda el mismo, si no hay nada que reclamar, se devuelve todo el importe al inquilino
EL CONTRATO DE ALQUILER
No hay un modelo único de redactar un contrato de alquiler. Tiene que seguir la Ley de Arrendamientos Urbanos pero luego cada uno lo redacta a su manera. Yo te aconsejo que si estás negociando directamente con el propietario, le eche un vistazo alguien que entienda de leyes para ver que cumple con todo lo necesario.
Si estás alquilando por medio de una inmobiliaria ,esta te asesora e interpreta el contrato de alquiler y te explica uno a uno todos los puntos para que no tengas dudas.
Los contratos de alquiler se hacen por una año y si no hay renuncia expresa por el inquilino, el propietario está obligado a renovarlo hasta dos años más si es de tu interés.
Tienes que saber que puedes irte al año solamente notificándolo con un mes de antelación o bien después de seis meses pudiéndote obligar la propiedad a una indemnización.